jueves, 23 de febrero de 2012

FAUNA DE BOLIVIA


Especies endémicas sin protección

Texto: Ingrid Román López

¿Especies bolivianas en peligro de extinción? Es la pregunta que muchas personas nos hemos hechos algún momento tal vez  después de haber leído o visto una nota con referencia a la extinción de algunas especies sobre todo extranjeras. En Bolivia,  particularmente en Cochabamba, existe un ave denominada “Paraba de Frente Roja”, una especie endémica que no existe en ninguna otra parte del mundo.
Para los especialistas que se ocupan del estudio de aves, como el biólogo Milton Fernández, esta ave “propia de ecosistemas cochabambinos”, al igual que varias especies nativas, se encuentra amenazada por el hombre por la frecuente caza ilegal e indiscriminada que podría llevarla a su desaparición.
En inusitadas oportunidades hemos visto a voluntarios coadyuvar en las labores de recuperación de animales de comercios y traslados ilegales. A pesar de ello y de su trabajoso afán no se puede hacer mucho debido a que las leyes no cooperan con una reglamentación adecuada que realmente prohíba y reprima a los infractores con una pena mayor a la impuesta por la actual ley.
Muchas han sido las especulaciones con referencia a la creciente desaparición de estos animales, pero poco o nada se ha llegado a hacer para terminar con su indiscriminada casería. Al respecto, Fernández denuncia el creciente tráfico de especies nativas que son sacadas de forma ilegal y comercializadas en distintos países, no sólo en Sudamérica. “Nos han comunicado que los llevan en tubos o cajas, como si fueran objetos o como si fueran piezas sólidas –relata Fernández--. Entonces, el animal sufre. Muchos de ellos no llegan a su destino. Si llevan diez, llegan dos y ocho habrán muerto”.
URGE UNA NUEVA LEY
En varias entrevistas con personajes a favor de la recuperación de fauna nativa se llegó a la conclusión  de que las leyes actuales no son específicas y que debería trabajarse en una ley o por lo menos una ordenanza que especifique la penalidad contra todos aquellos que cometiesen actos en contra el patrimonio fáunico de Cochabamba.
Milton Fernández, como director del Centro de Biodiversidad y Genética de la Universidad Mayor de San Simón, comenta que “el tráfico de especies silvestres, especies nativas o especies que están en peligro de extinción; sean estas aves, animales o plantas, ocurre porque no existen en Bolivia normas o sanciones que regulen esta actividad ilícita, negativa y destructiva a la biodiversidad de Cochabamba”.
LEYES NO ESPECÍFICAS
Revisando la Ley 1333 de Medio Ambiente promulgada el 27 de abril de 1992 y publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia el 15 de junio del mismo año, se puede distinguir claramente que no existe una normativa específica que se refiera a los delitos de caza y pesca ilegal de animales nativos en peligro de extinción. Esta ley se describe como: “La presente Ley tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población”.
Si bien se indica en la ley que los infractores deben recibir una sanción, ésta no se hace efectiva. En ella se tiene una normativa general que en su capítulo VI de Flora y Fauna Silvestre, Artículo 52º, detalla que: “El Estado y la sociedad deben velar por la protección, conservación y restauración de la fauna y flora silvestre, tanto acuática como terrestre, consideradas patrimonio del Estado, en particular de las especies endémicas, de distribución restringida, amenazadas y en peligro de extinción”, por lo cual se debería velar por el seguimiento y cumplimiento de esta ley.
ORDENANZAS
Poco ha trabajo el Concejo Municipal de Cochabamba sobre el tema. La ordenanza más reciente 3929/2009 de prohibición del uso de pieles, plumas o partes de animales en entradas folklóricas, demostraciones de bailes, desfiles de fraternidades y festividades en general, considera que “los animales deben ser tratados con humanidad y compasión por su condición de seres vivientes, evitando actos, deportes, actividades o prácticas que deliberadamente provocan el sufrimiento o la depredación de los mismos, de los cuales, ciertas especies se encuentran en peligro de extinción”. En esta norma se incorpora la sanción correspondiente y el detalle de once especies como el suri o ñandú, los flamencos andinos, parabas y loros, cóndor, quirquincho, oso andino o jukumari, leopardo (pumas y otros felinos), pecarí, nutria, ciervos y zorros. Pero de igual manera la ordenanza no se inmiscuye en el comercio y secuestro ilegal de estas especies.
Cabe recalcar que la Comisión Segunda del Concejo Municipal de Cochabamba trabaja en una ordenanza que prohíbe la tenencia como especies domésticas de animales peligrosos tales como los perros de razas rottweiller o pitbull, y que podría incorporar algún artículo referente a la tenencia en los hogares de animales nativos como los citados anteriormente. Según una entrevista con la concejal Shirley Franco, en inicio esta reglamentación se habría estado trabajando en la Comisión Tercera, pero desde que la ordenanza se pasó a la Comisión Segunda el pasado año (2011) y a través de continuas cartas para ver el estado de avance, no se ha tenido ningún informe.
Según la abogada de la Comisión Segunda de Medio Ambiente y Planificación del Concejo Municipal, Giovana Mejía, hasta el momento (2012) se encuentran trabajando dos propuestas dentro del área medioambiental: la primera de Zoonosis (institución dependiente de la Dirección Nacional de Epidemiología)  gracias a instancias de una propuesta de la institución EVA,  con la colaboración de ADA, ZOOPRAMA y KENNEL CLUB. “Estas propuestas básicamente se refieren a un proyecto de ley municipal que tiene el objetivo de tener un marco legal que permita al Concejo Municipal establecer sanciones ante la posesión de animales nocivos a la salud pública”.
La Foto fue tomada de http://www.zoofaunasudamericana.net

No hay comentarios:

Publicar un comentario