Especies endémicas sin protección
Texto: Ingrid Román López
¿Especies bolivianas en peligro de extinción? Es la pregunta
que muchas personas nos hemos hechos algún momento tal vez después de haber leído o visto una nota con
referencia a la extinción de algunas especies sobre todo extranjeras. En Bolivia, particularmente en Cochabamba, existe un ave
denominada “Paraba de Frente Roja”, una especie endémica que no existe en
ninguna otra parte del mundo.
Para los especialistas que se ocupan del estudio de aves,
como el biólogo Milton Fernández, esta ave “propia de ecosistemas cochabambinos”,
al igual que varias especies nativas, se encuentra amenazada por el hombre por
la frecuente caza ilegal e indiscriminada que podría llevarla a su desaparición.
En inusitadas oportunidades hemos visto a voluntarios
coadyuvar en las labores de recuperación de animales de comercios y traslados
ilegales. A pesar de ello y de su trabajoso afán no se puede hacer mucho debido
a que las leyes no cooperan con una reglamentación adecuada que realmente
prohíba y reprima a los infractores con una pena mayor a la impuesta por la
actual ley.
Muchas han sido las especulaciones con referencia a la
creciente desaparición de estos animales, pero poco o nada se ha llegado a
hacer para terminar con su indiscriminada casería. Al respecto, Fernández
denuncia el creciente tráfico de especies nativas que son sacadas de forma
ilegal y comercializadas en distintos países, no sólo en Sudamérica. “Nos han
comunicado que los llevan en tubos o cajas, como si fueran objetos o como si
fueran piezas sólidas –relata Fernández--. Entonces, el animal sufre. Muchos de
ellos no llegan a su destino. Si llevan diez, llegan dos y ocho habrán muerto”.
URGE UNA NUEVA LEY
En varias entrevistas con personajes a favor de la
recuperación de fauna nativa se llegó a la conclusión de que las leyes actuales no son específicas
y que debería trabajarse en una ley o por lo menos una ordenanza que
especifique la penalidad contra todos aquellos que cometiesen actos en contra
el patrimonio fáunico de Cochabamba.
Milton Fernández, como director del Centro de Biodiversidad
y Genética de la
Universidad Mayor de San Simón, comenta que “el tráfico de
especies silvestres, especies nativas o especies que están en peligro de
extinción; sean estas aves, animales o plantas, ocurre porque no existen en
Bolivia normas o sanciones que regulen esta actividad ilícita, negativa y
destructiva a la biodiversidad de Cochabamba”.
LEYES NO ESPECÍFICAS
Revisando la Ley
1333 de Medio Ambiente promulgada el 27 de abril de 1992 y publicada en la Gaceta Oficial de
Bolivia el 15 de junio del mismo año, se puede distinguir claramente que no
existe una normativa específica que se refiera a los delitos de caza y pesca
ilegal de animales nativos en peligro de extinción. Esta ley se describe como: “La
presente Ley tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y
los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la
naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar
la calidad de vida de la población”.
Si bien se indica en la ley que los infractores deben
recibir una sanción, ésta no se hace efectiva. En ella se tiene una normativa
general que en su capítulo VI de Flora y Fauna Silvestre, Artículo 52º, detalla
que: “El Estado y la sociedad deben velar por la protección, conservación y
restauración de la fauna y flora silvestre, tanto acuática como terrestre,
consideradas patrimonio del Estado, en particular de las especies endémicas, de
distribución restringida, amenazadas y en peligro de extinción”, por lo cual se
debería velar por el seguimiento y cumplimiento de esta ley.
ORDENANZAS
Poco ha trabajo el Concejo Municipal de Cochabamba sobre el
tema. La ordenanza más reciente 3929/2009 de prohibición del uso de pieles,
plumas o partes de animales en entradas folklóricas, demostraciones de bailes,
desfiles de fraternidades y festividades en general, considera que “los
animales deben ser tratados con humanidad y compasión por su condición de seres
vivientes, evitando actos, deportes, actividades o prácticas que
deliberadamente provocan el sufrimiento o la depredación de los mismos, de los
cuales, ciertas especies se encuentran en peligro de extinción”. En esta norma se
incorpora la sanción correspondiente y el detalle de once especies como el suri
o ñandú, los flamencos andinos, parabas y loros, cóndor, quirquincho, oso
andino o jukumari, leopardo (pumas y otros felinos), pecarí, nutria, ciervos y zorros.
Pero de igual manera la ordenanza no se inmiscuye en el comercio y secuestro
ilegal de estas especies.
Cabe recalcar que la Comisión Segunda
del Concejo Municipal de Cochabamba trabaja en una ordenanza que prohíbe la
tenencia como especies domésticas de animales peligrosos tales como los perros
de razas rottweiller o pitbull, y que podría incorporar algún artículo
referente a la tenencia en los hogares de animales nativos como los citados
anteriormente. Según una entrevista con la concejal Shirley Franco, en inicio esta
reglamentación se habría estado trabajando en la Comisión Tercera ,
pero desde que la ordenanza se pasó a la Comisión Segunda
el pasado año (2011) y a través de continuas cartas para ver el estado de
avance, no se ha tenido ningún informe.
Según la abogada de la Comisión Segunda
de Medio Ambiente y Planificación del Concejo Municipal, Giovana Mejía, hasta
el momento (2012) se encuentran trabajando dos propuestas dentro del área
medioambiental: la primera de Zoonosis (institución dependiente de la Dirección Nacional
de Epidemiología) gracias a instancias
de una propuesta de la institución EVA, con
la colaboración de ADA, ZOOPRAMA y KENNEL CLUB. “Estas propuestas básicamente
se refieren a un proyecto de ley municipal que tiene el objetivo de tener un
marco legal que permita al Concejo Municipal establecer sanciones ante la
posesión de animales nocivos a la salud pública”.
La Foto fue tomada de http://www.zoofaunasudamericana.net
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